Si eres dueño de un avión no tripulado, o estás pensando en comprar uno, tienes que ser consciente de las reglas legales para volar al aire libre
Ya tienes tu avión no tripulado. Y es probable que te muerdas las uñas para que la batería acabe de cargarse y llevarlo para el primer vuelo de prueba. Pero antes de hacerlo, es necesario estar al tanto de las normas y reglamentos que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y la European Aviation Safety Agency (EASA) han puesto en marcha para volar los drones en España. Y también debes ser consciente de tus derechos y los derechos de los que te rodean.
Los fundamentos
La AESA se refiere a los drones por el término más adecuado, RPAs (por sus siglas en inglés, Remotely Piloted Aircaft) o sistemas aéreos pilotados por control remoto. En el Real Decreto-ley 8/2014 (ver abajo los enlaces), de 4 de julio sobre aeronaves civiles pilotadas por control remoto, se esbozan las políticas para su uso en España, y deberías leer el documento completo antes de volar, pero presta especial atención a la sección sobre el modelo del avión, la categoría en que entran los drones.
Las reglas básicas son:
• Vuela por debajo de 400 pies (120 metros) y permanece libre de obstáculos en los alrededores.
• Manten la aeronave dentro tu línea visual, a la vista en todo momento (a una distancia no mayor de 500 m).
• Permanece alejado y no interfieras con las operaciones de aeronaves tripuladas.
• No vueles dentro de los 6 kilómetros de un aeropuerto a menos que antes de volar se lo comuniques al aeropuerto y a la torre de control.
• No vueles sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre, o en espacios aéreos no controlados.
• No vueles un avión que pesa más de 25 kilos.
• No seas descuidado o imprudente con tu avión no tripulado; podrías ser multado por poner en peligro a las personas o a otras aeronaves.
Muchos de estas normas son simplemente de sentido común. Y eso es algo que tienes que utilizar durante el vuelo. Además de las normas de la AESA, recuerda que muchas zonas públicas y particulares tienen prohibido el uso de aviones no tripulados dentro de sus confines.
Una cosa que debes recordar es que todas estas normas son para uso no comercial. Si estás utilizando un avión no tripulado como un agente de bienes raíces, camarógrafo de bodas, o para fines similares con fines de lucro, tu actividad estará condicionada a la emisión de un NOTAM por el proveedor de servicios de información aeronáutica, a solicitud del operador debidamente habilitado.
A continuacion les dejo un enlace muy interesante donde encontraran, reglamentacion, requisitos y procedimientos para habilitarse como operador de drones o RPAS.
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